DECLARACIONES DE HEREDEROS

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

– Requirente: Documento de Identidad.

– Testigos: son necesarios 2 que conocían al difunto, y deben aportar su Documento de Identidad.

– Certificado de defunción.

– Documento de Identidad del difunto.

– Documento que acredite el domicilio del difunto (DNI o Certificado de Empadronamiento).

– Libro de familia, o certificados del Registro Civil que acrediten el parentesco de los herederos.

– Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad. Si lo desea, desde la notaría podemos solicitarlo de forma telemática.

– Relación de los datos personales de todos los herederos (nombre, apellidos, estado civil, domicilio y documento de identidad).

Puede obtener más información sobre las declaraciones de herederos en la página web del Consejo General del Notariado.

Documentos

Los documentos públicos autorizados por Notario reúnen las condiciones de autenticidad (lo que en ella se recoge es cierto), ejecutoriedad (el acuerdo se lleva a la práctica sin necesidad de más pruebas) y legalidad (se ajusta a lo que dicen las leyes). Las Administraciones, los jueces y la sociedad en general atribuyen credibilidad absoluta a los hechos o declaraciones que constan en una escritura pública.

HORARIO DE ATENCIÓN: Lunes a Viernes (mañanas): 8:30 – 14:30h. Lunes a Jueves (tardes): 16:30 – 18:30h


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